Novedades laborales 2013
Alguna novedades laborales que nos deja 2013:
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La ultraactividad de los convenios colectivos. Con la
reforma laboral los convenios colectivos pierden su vigencia al año de su
denuncia, salvo pacto en contra, debiéndose aplicar en este caso el Estatuto de
los Trabajadores, norma de mínimos con la consiguiente pérdida de derechos para
los trabajadores. Sin embargo, la Audiencia Nacional así como otros tribunales
se inclinan por dar preferencia a lo pactado sobre el ET.
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¿Como se puede reducir el salario?. Es posible
reducir el salario a los trabajadores cuando existan causas económicas,
técnicas, organizativas o de producción. Distinguiremos si esos salarios van a
quedar por debajo del convenio colectivo o no. En el primer supuesto, deberemos
acudir al procedimiento del artículo 82.3 ET que se encuentra en el Titulo III
referido a la negociación colectiva y convenios colectivos. Cuando la reducción
no deje al salario por debajo del convenio el procedimiento a seguir será el
establecido en el artículo 41 del ET, lo que supondrá ver si la reducción tiene
carácter colectivo o individual.
-
Reducción de jornada por cuidado de menor. Con la
reforma laboral no será posible acumular
las horas de reducción en jornadas
completas, ya que ahora expresamente se dice que la reducción operará sobre la
jornada diaria de trabajo. Se reduce la jornada diaria de cada dáa de trabajo
pero no el número de días. Tampoco será
posible la elección de un turno fijo cuando se tiene uno rotatorio, lo que se
hará será reducir la jornada de cada turno.
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