LAS PENSIONES: una realidad cambiante
Los pensionistas tienen que estar informados sobre sus derechos ya que no siempre el INSS actúa diligentemente conforme establece la Ley en materia de pensiones, y más concretamente en cuanto a los complementos de mínimos. Cuando la Seguridad Social no los haya reconocido, deberá ser el pensionista el que los solicite, o bien acuda a un profesional con el fin de que le asesore sobre la posible percepción de los mismos. Así los pensionistas tendrán derecho a percibir los complementos necesarios para alcanzar la cuantía mínima de pensiones , en su modalidad contributiva, que no perciban rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el IRPF, o percibiéndolos, no excedan para el ejercicio 2016 de 7.116,18 euros al año. Por otra parte, una cuestión también conflictiva se da cuando un mismo titular tenga simultáneamente derecho a do