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Cuánto hay que pagar por pedir justicia?

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La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, establece que los ciudadanos cuando reclamen sus derechos en un órgano judicial, tendrán que pagar una tasa. ¿Quiénes tienen que pagar la tasa? Obligado al pago es todo aquel que promueva el ejercicio de la potestad jurisdiccional, es decir todo aquel que solicite al Juzgado que se haga justicia, planteando una demanda en el Juzgado, por ejemplo. ¿Qué cantidades hay que pagar? A.     Una cantidad fija que depende de cada clase de proceso, conforme a la siguiente tabla: a)     Para juicios civiles (divorcio, reclamaciones de cantidad, indemnizaciones, etc.): Verbal y cambiario Ordinario Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales Concurso necesa