¿HAY FRAUDE EN LOS ERTES?
Fraude en los ERTES
¿HAY FRAUDE EN LA
DESAFECCIÓN DE LOS ERTES?
Los
Expedientes de Regulación de Empleo Temporales (ERTE) como consecuencia del estado
de alarma a causa del COVID19 han tenido una función fundamental para asegurar
tanto a las empresas como a tres millones de trabajadores un mínimo de
seguridad social y laboral.
Pero
nos enfrentamos ahora a un momento complicado con la desafección parcial de
muchos trabajadores de estos ERTES. Esta desafección debería suponer el camino de
vuelta a la actividad para empresas y trabajadores. Sin embargo podría ser que
en todos los casos no fuera así, y se estuviera abusando de dicha función,
utilizando la desafección más allá de su verdadero fin.
¿DÓNDE ESTARÍA EL FRAUDE DE LOS ERTE?
En
algunos casos que hemos tenido la ocasión de conocer, hemos constatado que estas
situaciones se estarían produciendo al obligar a los trabajadores a realizar
más horas de las realmente comunicadas en el expediente del ERTE ante el SEPE, por
lo que nos encontraríamos ante una infracción muy grave según la legislación
laboral.
Esperamos
que sigan siendo casos puntuales, pero si se diera el caso, nuestra
recomendación es solicitar de la empresa los documentos aportados tanto al expediente de regulación
de empleo como al servicio público de empleo, con el fin de comprobar cuál es
realmente la jornada comunicada a efectos de la desafección.
¿CUALES SON LAS CONSECUENCIAS?
Las
consecuencias de este fraude no afectan sólo al empresario, sino que alcanzarían
también a los trabajadores, que conocedores del mismo no hicieron nada por
remediarlo. Con la consecuencia de que tendrían que responder ante la autoridad
laboral, y devolver la parte de prestación de desempleo que no le
correspondería, pudiéndose enfrentar igualmente a una sanción.
¿QUÉ SOLUCIONES SE PUEDEN APLICAR?
Nuestra
recomendación jurídica para las empresas es que comprueben la correspondencia
entre las horas trabajadas y las comunicadas en el expediente de ERTE para
evitar desagradables sorpresas, y si se diera el caso, hacer la correspondiente
corrección.
En
cuanto a los trabajadores, si se vieran envueltos en esta dinámica, en primer
lugar deberán solicitar información a la empresa para asegurarse de cuáles son
las horas de trabajo comunicadas en el ERTE y comprobar que su desafección
cumple con la legalidad. Si no fuera así, deberán comunicar a la empresa esta
circunstancia y exigir que el pago de su salario se adecúe a las horas de
trabajo efectivamente realizadas, y renunciar ante la autoridad laboral a la
parte de la prestación de desempleo que no le corresponde, y así evitar verse
incurso en un procedimiento sancionador nunca deseable.
Rosa Jover
Dpto. Laboral
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