La incertidumbre de jubilarse
Las pensiones, un entorno de constante cambio legislativo |
La incertidumbre de jubilarse hoy
El problema de las pensiones de
jubilación ha llevado a los distintos gobiernos a plantear continuas reformas
que han supuesto una merma de derechos, y que debido a las continuos cambios complican
y hacen difícil el cálculo de la pensión futura de un trabajador.
Un poco de historia para situarnos, que se inicia con el Pacto de Toledo, aquella comisión parlamentaria que en
1995 con el apoyo de todos los partidos políticos aseguraba la sostenibilidad
del sistema de pensiones español.
La Ley de 1997 de Consolidación y racionalización
del sistema de seguridad social aumentó de 8 a 15 los años base para el cálculo
de la base reguladora, revalorizó las pensiones según la evolución del índice
de precios al consumo y creó el Fondo de reserva de la Seguridad Social.
Siguieron otras leyes en los años
2001, 2003 y 2007.
En 2011 se aprueba un retraso de la
edad de jubilación de los 65 años a los 67, y de los 15 años para el cálculo de
la base reguladora se pasa a 25, en un proceso transitorio que va desde 2013 a
2022.
En 2013 se difumina el espíritu del
Pacto de Toledo y se desvincula el
crecimiento de las pensiones al IPC, introduciéndose el factor de la sostenibilidad
de aplicabilidad en el año 2019.
Actualmente la edad de jubilación es
de 65 años con una cotización de 36 años y 3 meses, en otro caso la edad se
retrasará a los 65 años y 6 meses. Y así progresivamente llegaremos al año 2027
en el que la edad de jubilación será posible a los 65 años sólo si se ha
cotizado 38 años y 6 meses, y en otro supuesto si el periodo es inferior a ese,
la edad será a los 67 años.
Más complicado es el escenario de la
jubilación anticipada, que difiere según sea aplicable la legislación actual, o la que estaba vigente en 2012. Y lo mismo sucede respecto de los coeficientes reductores
aplicables.
Especial relevancia adquiere la
jubilación anticipada según sea por cese involuntario o voluntario, lo que afectará a los coeficientes, y al periodo exigido de un modo u otro.
Por todo ello, aconsejamos que con
carácter previo a la solicitud de la jubilación se proceda a valorar las
distintas posibilidades según las circunstancias de cada trabajador.
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