LA IMPORTANCIA DE LA NOMINA
Desde mi experiencia
profesional he podido comprobar que es
una práctica habitual de muchas empresas no entregar a los trabajadores las
nóminas correspondientes al pago del salario mensual. Establece el artículo 29 del
Estatuto de los trabajadores que la documentación del salario se realizará
mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del
pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el
Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en
su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los
trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y
separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones
que legalmente procedan.
Por lo tanto, es una obligación
legal para la empresa entregar las nóminas a sus trabajadores, no siendo
suficiente el resguardo de la transferencia bancaria que justificaría el pago del salario, ni
la entrega de cualquier papel con una cifra.
Recientemente la Sala de lo Social
de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en este sentido, reconociendo ”el derecho de la plantilla de la demandada a
que la empresa entregue las nóminas con la debida claridad y separación de las
diferentes percepciones cuando la empresa abona las mejoras pactadas del
artículo 63 del convenio colectivo y cuando los trabajadores amplía o reducen
la jornada”.
El
tribunal en la sentencia distingue dentro de los devengos las percepciones
salariales (salario base, complementos salariales, horas extraordinarias, horas
complementarias, gratificaciones extraordinarias y salario en especie) y las
percepciones no salariales (indemnizaciones o suplidos, indemnizaciones de la
seguridad social, indemnizaciones por traslados, suspensiones, despidos). El fallo también detalla que deben computarse
con rigor las percepciones por incapacidad temporal.
La nómina sirve para verificar efectivamente los conceptos y
las cantidades que la empresa abona al trabajador, pudiendo así ambas partes
cumplir con sus obligaciones y derechos laborales. También contribuye a dotar
de transparencia a la relación laboral, evitándose posibles desconfianzas entre
las partes y reclamaciones innecesarias.
Peydro4 Abogados
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