"TARIFA PLANA": ¿creará empleo o destruirá?
Con efectos de 25 de febrero de 2014, se ha aprobado
una cotización a la seguridad social "plana" para las contingencias comunes, de
100 euros para contratación indefinida a tiempo completo, y de 75 euros y 50 euros
para jornadas reducidas. El resto de contingencias seguirán cotizando como
hasta ahora.
Duración:
Se
aplicará durante 24 meses, a los contratos celebrados entre el 25 de febrero y
el 31 de diciembre de 2014. En los 12 meses siguientes las empresas que tengan menos
de 10 trabajadores, reducirán la cotización por contingencias comunes al 50%.
Requisitos:
Las
empresas deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad
social. Y no haber realizado en los seis
meses anteriores al contrato, despidos objetivos, disciplinarios ni colectivos.
Las extinciones anteriores al 25 de febrero no se tendrán en cuenta.
Las
empresas deberán incrementar el nivel de empleo, y mantenerlo durante 36 meses.
La
tarifa plana no se aplicará a contrataciones de parientes, exceptuando la de
los hijos menores de 30 años, o mayores si tienen dificultades de inserción
laboral.
Las
reducciones no afectarán a la determinación de la cuantía de las prestaciones
económicas a que tengan derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando
la base de cotización que les corresponda.
En
caso del incumplimiento de mantenimiento del empleo, quedará sin efecto la reducción y procederá
el reintegro de las cantidades dejadas de ingresar, entre un 100% y un 33% de la diferencia entre
lo ingresado y lo que debería haberse ingresado.
No
se aplicará la reducción a las horas complementarias que realicen los
trabajadores a tiempo parcial.
Reflexión
final:
¿Qué hay de las empresas que han luchado por mantener el empleo, pese a
las dificultades, y que siguen cotizando con arreglo a la ley, es decir con una
cotización superior a la tarifa plana? Esta tarifa se puede entender como un
premio a la destrucción de puestos de trabajo?
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