Entrevista a PEYDRO4 sobre el polémico registro por parte de un ciudadano de la bandera independentista catalana, para las noticias de CUATRO televisión.
Tengo un renting con GEDESCOCHE y no me llegan las cuotas ¿Qué ha pasado? Ante la cantidad de consultas que estamos recibiendo sobre la empresa de renting GEDESCOCHE, pasamos a comentar los problemas más candentes que están acuciando a los consumidores y usuarios. Esta empresa se encuentra en Concurso de Acreedores según auto de declaración de concurso voluntario de acreedores dictado por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA. Dicho auto ha acordado la intervención de las operaciones del deudor. Dicho auto se puede consultar aquí Qué riesgos corro a partir de ahora? Como no le han cobrado las cuotas de su contrato, usted se encuentra en situación de impago, por lo que el Administrador Concursal podría solicitar la resolución del contrato y obtener la recuperación del coche, por lo que perdería la posesión del mismo. En caso de que la empresa haya dejado de pagar el seguro obligatorio de vehículos a motor, puede generar sanciones...
¿Quiénes tienen derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita? Para evitar situaciones de desigualdad ante la ley, la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita , reconoce este derecho a las personas que no tengan patrimonio suficiente para soportar los gastos de un juicio. Pueden solicitar el derecho de asistencia juridica gratuita las personas físicas de nacionalidad española, los nacionales de otros países la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, siempre y cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar . También pueden solicitarlo l as personas jurídicas con el carácter de Asociaciones de utilidad pública y Fundaciones cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar. IMPORTANTE: El derecho a la asistencia jurídica gratuita solo podrá reconocerse a quienes litiguen en defensa de derechos o intereses propios. Sólo se permitirá litigar por derechos ajenos cuando se basen en una...
DEPÓSITO DE FIANZA POR ARRENDAMIENTO El pasado día 10 de mayo se ha publicado en el DOGV el DECRETO 46/2022, de 29 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen de depósito, devolución e inspección de las fianzas por arrendamientos de fincas urbanas y por prestaciones de servicios o suministros complementarios en la Comunitat Valenciana. Este Decreto deroga el Decreto 333/1995, el cual derogó a su vez el Decreto 21/1988, de 8 de febrero, por el que se regulaba el régimen de las fianzas por alquiler de viviendas, locales de negocios y prestaciones de servicios. Ahora el transcurso de los años ha hecho necesario sustituir dicha norma con el fin de acomodar la regulación de las fianzas a las disposiciones de la posterior Ley 8/2004. Algunos aspectos interesantes de esta norma, son los siguientes: ¿Quien tiene que ingresar la fianza? En cuanto a las personas obligadas a efectuar el depósito, con el nuevo Decreto r ecae la obligación de efectuar el depósito de la ...
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