Por qué es injusto pagar tasas judiciales
Motivos para rechazar a Ley de Tasas Judiciales hay muchos. Entre otros, que se trata de un servicio público QUE YA HEMOS PAGADO con nuestros impuestos, entre otros el IVA al 21% que paga el ciudadano que contrata los servicios de un abogado.
Además, debemos recordar que se trata de un SERVICIO PÚBLICO OBLIGATORIO, pues en un ESTADO DE DERECHO esta prohibido tomarnos la JUSTICIA POR NUESTRA MANO. El Código Penal está plagado de ejemplos que sancionan esta posibilidad: Delito de Coacciones, Amenazas, Delitos contra la Administración de Justicia, Delito de Realización arbitraria del propio derecho, y así un largo etc., que no reproducimos por no alargar en exceso el texto y no cansar al lector.
Otro motivo lo encontramos en que la protección del derecho de crédito facilita la vida económica de un país, y el establecimiento de un tasa no protege precisamente los derechos de un empresario que se enfrenta a la morosidad, muchas veces propiciada por el propio Estado, lo que ha llevado a la ruina y al cierre de no pocas PYMES.
Por último debemos recordar que uno de los principales avances de la democracia en nuestro país supuso la supresión de las tasas judiciales. Así, la Exposición de Motivos de la Ley que en 1986 suprimió en España las Tasas Judiciales con el apoyo de todos los grupos políticos y con enmiendas de Ruiz Gallardón (Padre) se decía:
"La Constitución Española, en su artículo 1, propugna la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político como valores superiores del ordenamiento jurídico español. Además, en el párrafo 2 del artículo 9 instituye a los poderes públicos en la obligación de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, y de remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.
En el ámbito de la administración de justicia, los valores constitucionales se manifiestan en el derecho a obtener la tutela judicial efectiva de los derechos e intereses legítimos, reconocido en el artículo 24 de la propia Constitución. El que además de la justicia se manifiesten también la libertad y la igualdad y el que todas ellas sean, como quiere la constitución, reales y efectivas, depende de que todos los ciudadanos puedan obtener justicia cualquiera que sea su situación económica y su posición social".
Creemos que ahora más que nunca se ponen de relieve aquellas palabras, que conviene recordar para recobrar la cordura que los españoles tuvieron al dotarse de un sistema democrático, y que actualmente parecen haber olvidado.
Además, debemos recordar que se trata de un SERVICIO PÚBLICO OBLIGATORIO, pues en un ESTADO DE DERECHO esta prohibido tomarnos la JUSTICIA POR NUESTRA MANO. El Código Penal está plagado de ejemplos que sancionan esta posibilidad: Delito de Coacciones, Amenazas, Delitos contra la Administración de Justicia, Delito de Realización arbitraria del propio derecho, y así un largo etc., que no reproducimos por no alargar en exceso el texto y no cansar al lector.
Otro motivo lo encontramos en que la protección del derecho de crédito facilita la vida económica de un país, y el establecimiento de un tasa no protege precisamente los derechos de un empresario que se enfrenta a la morosidad, muchas veces propiciada por el propio Estado, lo que ha llevado a la ruina y al cierre de no pocas PYMES.
Por último debemos recordar que uno de los principales avances de la democracia en nuestro país supuso la supresión de las tasas judiciales. Así, la Exposición de Motivos de la Ley que en 1986 suprimió en España las Tasas Judiciales con el apoyo de todos los grupos políticos y con enmiendas de Ruiz Gallardón (Padre) se decía:
"La Constitución Española, en su artículo 1, propugna la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político como valores superiores del ordenamiento jurídico español. Además, en el párrafo 2 del artículo 9 instituye a los poderes públicos en la obligación de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, y de remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud.
En el ámbito de la administración de justicia, los valores constitucionales se manifiestan en el derecho a obtener la tutela judicial efectiva de los derechos e intereses legítimos, reconocido en el artículo 24 de la propia Constitución. El que además de la justicia se manifiesten también la libertad y la igualdad y el que todas ellas sean, como quiere la constitución, reales y efectivas, depende de que todos los ciudadanos puedan obtener justicia cualquiera que sea su situación económica y su posición social".
Creemos que ahora más que nunca se ponen de relieve aquellas palabras, que conviene recordar para recobrar la cordura que los españoles tuvieron al dotarse de un sistema democrático, y que actualmente parecen haber olvidado.
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